SIRADIG: Sistema integrado de trabajadores - Guía completa 2025
!SIRADIG: Sistema integrado de trabajadores 2025
¿Qué es SIRADIG?
SIRADIG, cuyas siglas significan Sistema de Registro y Actualización de Información Laboral, constituye la plataforma digital centralizada de ARCA para gestionar todo lo relacionado con legajos de trabajadores en relación de dependencia. Este sistema reemplazó al antiguo "Mi Simplificación" y unifica múltiples trámites laborales que antes estaban dispersos en diferentes interfaces, creando ahora un punto único de acceso para toda la gestión de recursos humanos desde la perspectiva fiscal.
La plataforma permite dar de alta nuevos empleados con todos sus datos personales y contractuales, gestionar modificaciones de contratos cuando cambian condiciones laborales, registrar bajas de personal por cualquier motivo, mantener actualizados los legajos digitales de cada trabajador, generar reportes de nómina consolidados, cumplir con todas las obligaciones de Seguridad Social, e integrar estos datos con sistemas externos de liquidación de sueldos. Todo esto funciona desde una interfaz web accesible con Clave Fiscal, eliminando la necesidad de trámites presenciales o papelería física.
La obligatoriedad de SIRADIG alcanza a absolutamente todo empleador que tenga personal en relación de dependencia. No importa si sos una PyME con un solo empleado o una corporación con miles, el sistema es mandatorio. Incluso los monotributistas que contratan empleados deben usar SIRADIG sin excepción. El único caso diferenciado es el de casas particulares, que tienen un régimen específico dentro de la misma plataforma pero con pantallas y procedimientos adaptados a sus particularidades.
Requisitos Previos para Usar SIRADIG
Antes de poder operar en SIRADIG, el empleador debe cumplir con varios requisitos administrativos y legales. Primero necesitás tener un CUIT activo, ya sea como persona física o jurídica, con tu condición fiscal vigente y actualizada en ARCA. No podés estar dado de baja ni tener suspensiones en tu registro fiscal. Segundo, debés completar el alta formal como empleador en ARCA, lo cual implica inscribirte con el código de actividad correspondiente, que típicamente incluye el F883 (servicios de gestión de recursos humanos) o el específico de tu actividad principal, y presentar el Formulario 931 que formaliza tu declaración como empleador.
Tu Clave Fiscal debe estar en nivel 3 como mínimo, lo que requiere haber realizado la validación biométrica presencial o por video. Este nivel de seguridad es necesario porque SIRADIG involucra operaciones transaccionales que comprometen datos sensibles de terceros (tus empleados) y generan obligaciones fiscales significativas. Sin el nivel 3, el sistema directamente te bloquea el acceso a las funciones de alta, baja y modificación.
También necesitás tener previamente contratada y activa una obra social para tus empleados, con el código RNOS correspondiente. No podés dar de alta un empleado si no tenés una obra social designada, porque el sistema requiere ese dato como mandatorio. De igual forma, necesitás una ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) contratada y vigente, con su certificado de cobertura y código CART. Estos dos requisitos reflejan obligaciones legales que tenés como empleador independientemente de SIRADIG, pero el sistema los valida y no te deja avanzar si no están cumplidos.
Respecto de cada trabajador que vas a incorporar, necesitás tener disponible su CUIL activo y validado ante ANSES, su DNI vigente con todos los datos actualizados, su domicilio real completo y actualizado, email personal y teléfono de contacto. En cuanto a datos laborales, tenés que definir previamente la fecha exacta de ingreso, la categoría profesional según convenio o escala interna, la remuneración acordada discriminada en sus componentes, la modalidad de contratación (plazo indeterminado, plazo fijo, eventual, etc.), y la jornada laboral que realizará (completa, parcial o reducida). Toda esta información debe estar lista antes de sentarte frente a la computadora para dar de alta al empleado.
Primer Ingreso a SIRADIG: Configuración Inicial
El acceso al sistema se realiza ingresando primero a afip.gob.ar con tu CUIT y Clave Fiscal de nivel 3. Una vez dentro del portal principal, buscás en la sección "Servicios" la opción SIRADIG y hacés clic en "Acceder". El sistema te llevará a un panel donde, si es tu primera vez, te solicitará completar la configuración inicial de tu perfil como empleador antes de permitirte operar.
En esta configuración inicial, primero debés completar o verificar la información general de tu empresa o persona física como empleador. La razón social generalmente viene precargada desde tus datos fiscales, pero necesitás verificar que esté correcta. El domicilio legal también se autocompleta, pero SIRADIG te pide confirmar si es el domicilio real donde desarrollás la actividad, o si necesitás declarar uno diferente. Además, tenés que informar teléfono de contacto y email institucional que será usado para notificaciones del sistema.
!Configuración inicial de SIRADIG
Los datos laborales que completás en esta etapa incluyen el convenio colectivo aplicable a tu actividad si corresponde (si no aplica ninguno, declarás "fuera de convenio"), tu actividad principal según el código CIIU que ya tenés declarado ante ARCA, una estimación de la cantidad de empleados que planeás tener, y los períodos de liquidación que utilizarás (mensual, quincenal, o el que corresponda según tu actividad).
La configuración de Obra Social requiere que selecciones de un listado la obra social sindical o no sindical que elegiste para cubrir a tus empleados. Ingresás el código RNOS que te proporcionó la obra social al contratar, y adjuntás una copia digital del contrato o constancia de afiliación como empleador. De forma similar, para la ART seleccionás de la lista cual contrataste, ingresás el número de póliza vigente, y adjuntás el certificado de cobertura que la aseguradora te entregó.
SIRADIG te permite opcionalmente configurar una estructura organizacional si tu empresa tiene cierta complejidad. Podés crear áreas o departamentos (Administración, Ventas, Producción, etc.), definir sucursales si operás en múltiples ubicaciones, establecer centros de costo para control gerencial, y diseñar jerarquías si tu organigrama tiene diferentes niveles. Esto no es obligatorio para operar, pero facilita muchísimo la gestión cuando tenés más de diez o quince empleados.
También tenés la opción de configurar conceptos de liquidación que usarás habitualmente en los recibos de sueldo. Esto incluye conceptos habituales como sueldo básico, antigüedad, presentismo, horas extra, y cualquier adicional que pagues según tu convenio o política interna. También cargás las deducciones estándar (aportes jubilatorios, obra social, sindicato), conceptos no remunerativos si corresponden, y bonificaciones o premios que otorgás periódicamente. Tener estos conceptos precargados acelera enormemente el proceso de carga mensual del libro de sueldos.
Alta de Empleado: Proceso Completo
Cuando necesitás incorporar un nuevo empleado al sistema, ingresás desde el panel principal de SIRADIG a la sección "Altas", seleccionás "Nueva Alta de Personal", y el sistema te presenta un asistente paso a paso. Lo primero que te pide es que elijas el tipo de relación laboral que vas a establecer: relación de dependencia común (la más habitual), pasantía regulada por la ley específica, becario, o aprendiz. Cada modalidad tiene formularios ligeramente diferentes porque las obligaciones legales varían.
En la pantalla de datos personales del trabajador, comenzás ingresando el CUIL, que es el dato clave y obligatorio. Cuando confirmás el CUIL, SIRADIG lo valida automáticamente contra la base de datos de ANSES. Si el CUIL existe y está activo, el sistema autocompleta el nombre, apellido, fecha de nacimiento, sexo y nacionalidad de la persona, evitándote tener que tipear y reduciendo errores. Si el CUIL no valida, no podés continuar hasta resolver el problema (generalmente significa que la persona debe tramitar su CUIL o que hay un error de tipeo).
Los datos de domicilio del empleado incluyen calle, número, piso y departamento si corresponde, localidad, provincia y código postal. Es fundamental que sean exactos porque la obra social usa esta información para asignar prestadores cercanos. En contacto, ingresás el email personal del empleado (no corporativo, porque si después se va ese email queda inactivo), su teléfono celular principal, y opcionalmente un teléfono alternativo para emergencias.
La sección de datos del contrato requiere especial atención porque define la relación laboral formalmente. La fecha de ingreso debe ser la fecha efectiva en que la persona comenzó o comenzará a trabajar. Es crítico entender que no puede ser posterior a la fecha en que estás cargando el alta (no podés dar de alta "a futuro" salvo casos muy específicos), y tiene implicancias directas en la cobertura de obra social y ART, que comienzan a regir desde esa fecha.
La modalidad de contratación que seleccionás tiene consecuencias legales importantes. El contrato por tiempo indeterminado es el más común y no tiene fecha de fin predefinida. El plazo fijo tiene una duración específica que no puede superar ciertos límites legales y requiere justificación. El eventual se usa para situaciones extraordinarias o picos de trabajo. El de temporada es específico para actividades estacionales. Y el período de prueba, que puede ser de hasta tres meses, permite a ambas partes evaluar la relación sin costos de desvinculación.
El tipo de jornada que declarás determina la cantidad de horas que el empleado trabajará. La jornada completa implica hasta 48 horas semanales según la legislación estándar, distribuidas en no más de 8 horas diarias. La jornada parcial es cualquier arreglo inferior a la completa, y debe especificarse la cantidad de horas. La jornada reducida aplica en casos especiales previstos por ley.
La categoría profesional debe coincidir con el convenio colectivo aplicable si tu actividad está alcanzada por alguno. Cada convenio tiene escalas con categorías específicas (operario, administrativo, supervisor, etc.) y para cada categoría hay un sueldo mínimo obligatorio. Si no hay convenio aplicable, podés usar categorías internas de tu empresa. La remuneración que declarás debe incluir el sueldo básico bruto y cualquier adicional habitual que la persona cobre. Si hay adicionales variables o esporádicos, no van acá sino en cada liquidación mensual particular. También indicás la periodicidad, que generalmente es mensual pero puede ser quincenal o según otros arreglos legales.
En la asignación de Obra Social, seleccionás cuál cobertura tendrá el empleado. Puede ser la misma que vos como empleador tenés contratada por defecto, o el empleado puede haber ejercido su derecho a elegir otra obra social sindical o no sindical de las autorizadas. También indicás si es el plan obligatorio (solo el empleado), o si incluye familiares a cargo, lo cual modifica los aportes que se descuentan del sueldo. La ART se asigna automáticamente, porque todos los empleados de un mismo empleador están cubiertos por la misma ART que este contrató.
La documentación adjunta que SIRADIG permite (y en algunos casos requiere) incluir al alta consiste en archivo PDF, JPG o PNG de máximo 5MB cada uno. Debés subir copia del DNI del empleado (frente y dorso escaneados), certificado de estudios si el puesto tiene requisitos educativos específicos, certificado de trabajo anterior si la persona viene de otra relación laboral, examen médico preocupacional que es obligatorio antes del ingreso según la ley de riesgos del trabajo, y constancia de CUIL si por alguna razón ANSES no validó automáticamente el número.
Finalmente, antes de confirmar el alta, el sistema te presenta una declaración jurada donde afirmás que los datos ingresados son correctos y completos, que el contrato de trabajo cumple con toda la normativa laboral vigente, y que informaste al empleado sobre todos sus derechos y obligaciones. Esta declaración la firmás digitalmente con tu Clave Fiscal, lo cual le da validez legal al trámite. Una vez confirmado, SIRADIG genera un número de trámite único que podés usar para seguimiento, una constancia de alta que podés imprimir o guardar en PDF, y envía notificaciones automáticas a la Obra Social (para que inicie el proceso de afiliación del empleado), a la ART (para que lo incluya en la cobertura), y a ANSES (para que registre el inicio de los aportes previsionales). El procesamiento de estas notificaciones es inmediato en algunos casos o puede tomar hasta 24 horas en otros, dependiendo de la conectividad entre sistemas.
Modificaciones de Empleado
A lo largo de la relación laboral, inevitablemente surgen situaciones que requieren modificar los datos del empleado en SIRADIG. Estas modificaciones son obligatorias legalmente y deben hacerse en tiempo y forma para mantener la coherencia entre la realidad y lo que declara el sistema. Un cambio de categoría por ascenso o porque el empleado asumió nuevas responsabilidades debe registrarse inmediatamente. Un aumento salarial, ya sea por paritarias, por acuerdo individual, o por cambio de categoría, también debe cargarse. La modificación de jornada laboral, como cuando un empleado que trabajaba tiempo completo pasa a media jornada o viceversa, requiere actualización formal.
El cambio de obra social es otra modificación común. Los empleados tienen derecho a cambiar de obra social una vez al año, y cuando ejercen ese derecho vos como empleador tenés que registrar el cambio en SIRADIG para que los aportes se dirijan a la nueva entidad. La actualización de domicilio del empleado es importante mantenerla al día para cuestiones de obra social y para cumplir con requisitos de notificación legal. Y el cambio de modalidad contractual, como cuando un contrato a plazo fijo se transforma en indefinido, debe formalizarse en el sistema.
Para efectuar cualquier modificación, ingresás a la sección "Modificaciones" del menú principal de SIRADIG, buscás al empleado por su CUIL, y el sistema trae toda su información actual. Seleccionás el tipo de modificación que necesitás hacer: si son datos personales (domicilio, contacto), datos contractuales (modalidad, jornada, categoría), datos remunerativos (sueldo, adicionales), o afiliación a obra social y ART.
Ingresás los nuevos datos que reemplazan a los anteriores, indicando siempre la fecha efectiva desde cuando rige el cambio. Esta fecha es crítica porque define desde cuándo aplica la modificación para cálculos de aportes, obra social, y cualquier otro aspecto regulatorio. Si corresponde, adjuntás documentación de respaldo: un acta de acuerdo salarial firmada entre el empleador y el empleado, la solicitud formal de cambio de obra social que el empleado te entregó, o un certificado de nuevo domicilio si es que la normativa interna lo requiere.
!Proceso de alta y modificación de empleados
Al confirmar la modificación, SIRADIG registra el cambio con fecha y hora, y genera notificaciones a los organismos que corresponda según el tipo de modificación. Un cambio de obra social, por ejemplo, notifica tanto a la obra social saliente (para que dé de baja al empleado) como a la entrante (para que lo incorpore). Es importante destacar que las modificaciones salariales deben respetar siempre los mínimos de convenio vigentes. El sistema no te va a permitir cargar un sueldo inferior al mínimo legal de la categoría que estás declarando, y si lo intentás te devolverá un error indicando cuál es el mínimo que debés respetar.
Baja de Empleado
La baja de un empleado en SIRADIG documenta formalmente la finalización de la relación laboral. Los motivos de baja pueden ser múltiples, cada uno con implicancias legales diferentes. La renuncia del empleado implica que fue decisión del trabajador dejar el puesto, generalmente con preaviso. El despido sin causa significa que el empleador decidió finalizar la relación sin alegar incumplimientos del trabajador, lo cual genera derecho a indemnización. El despido con causa se basa en incumplimientos graves del empleado que justifican la desvinculación sin pago de indemnización. El mutuo acuerdo se da cuando ambas partes negocian una salida consensuada. La jubilación ocurre cuando el empleado alcanza los requisitos para jubilarse y cesa su actividad. El fallecimiento del empleado obviamente también termina la relación laboral. Y el vencimiento de contrato a plazo fijo se da cuando llega la fecha de fin prevista sin renovación.
Para registrar la baja, ingresás a SIRADIG, sección "Bajas", y buscás al empleado por CUIL. El sistema trae todos sus datos y te solicita que completes los datos de la baja. La fecha efectiva de finalización debe ser el último día trabajado. El motivo lo seleccionás del listado estándar según corresponda. La última remuneración bruta la ingresás si ya la tenés calculada, o la podés completar después. Y si ya tenés preparada la liquidación final, podés adjuntarla directamente.
La documentación que adjuntás al tramitar la baja depende del motivo. En caso de renuncia, incluís el telegrama de renuncia que el empleado envió o la carta documento. Si fue despido, adjuntás el telegrama de despido que enviaste al trabajador. Si fue mutuo acuerdo, adjuntás el acuerdo firmado por ambas partes especificando los términos. Siempre incluís la liquidación final donde constan las cifras de la desvinculación, y el certificado de trabajo que legalmente estás obligado a entregar al empleado saliente, donde consta la antigüedad, el último puesto, y otros datos relevantes de la relación laboral.
Cuando confirmás la baja en SIRADIG, el sistema genera notificaciones automáticas a la Obra Social informando el cese de afiliación a partir de la fecha indicada, a la ART para que excluya al empleado de la cobertura desde ese momento, y a ANSES comunicando que finalizaron los aportes previsionales de esa persona. Es fundamental entender que dar la baja en SIRADIG no reemplaza ni exime de las obligaciones de liquidación final, pago de indemnización si corresponde, ni de entregar los certificados de servicio y demás documentación laboral que la ley exige. SIRADIG es solo el registro formal ante los organismos oficiales, pero todas las obligaciones sustanciales del derecho laboral se mantienen intactas.
Libro de Sueldos Digital
SIRADIG integra el Libro de Sueldos Digital, que es el registro obligatorio de todas las liquidaciones de haberes mensuales que reemplazó definitivamente al antiguo libro físico de sueldos que se llevaba en papel. Desde 2022, absolutamente todos los empleadores deben llevar este libro en formato digital, con carga mensual de todas las liquidaciones antes de la presentación del Formulario 931 de aportes y contribuciones.
Para cargar las liquidaciones del mes, ingresás a SIRADIG, sección "Libro de Sueldos Digital", y seleccionás el período correspondiente (mes y año). Luego tenés dos opciones operativas según el volumen de empleados. Si tenés pocos empleados (digamos, menos de cinco), la carga manual es viable. Seleccionás empleado por empleado, ingresás los conceptos remunerativos (sueldo básico, antigüedad, horas extra, etc.), los conceptos no remunerativos si corresponden (viáticos, beneficios sociales), y las deducciones (aportes jubilatorios, obra social, sindicato, retención de ganancias si aplica). Calculás el neto a pagar y confirmás cada recibo individualmente.
Para empleadores con más de diez empleados, la carga masiva se vuelve prácticamente obligatoria para no morir en el intento. Generás un archivo de texto plano (.txt) desde tu software de liquidación de sueldos (Tango, Sueldos.com, Bejerman, etc.) con un formato específico que SIRADIG reconoce. Importás ese archivo en el sistema, y SIRADIG procesa todos los recibos en bloque. El sistema realiza validaciones automáticas sobre los datos importados y te muestra un reporte de errores si detecta problemas. Corregís lo que sea necesario y volvés a importar hasta que valide correctamente.
SIRADIG ejecuta múltiples controles de coherencia sobre las liquidaciones cargadas. Verifica que las remuneraciones no sean inferiores a los mínimos legales de cada categoría según el convenio aplicable. Controla que las deducciones estén calculadas correctamente conforme a las alícuotas vigentes de aportes y contribuciones. Valida que la base imponible para aportes esté calculada adecuadamente excluyendo los conceptos no remunerativos que corresponda. Y cruza toda esta información con los datos de los empleados que tenés dados de alta para detectar inconsistencias.
Una vez que todas las liquidaciones validaron correctamente, confirmás y presentás el libro de sueldos del período. El plazo para hacer esto es hasta el vencimiento del Formulario 931 del período correspondiente, que generalmente cae entre el día 10 y 15 del mes siguiente. No presentar el libro a tiempo o presentarlo con errores genera multas automáticas que ARCA aplica sin necesidad de intimación previa.
Declaración Jurada F931
El Formulario 931 es la declaración jurada mensual donde liquidás todos los aportes y contribuciones de Seguridad Social correspondientes a tus empleados. Este formulario tiene integración directa con SIRADIG, lo que automatiza gran parte del proceso y reduce drásticamente los errores de cálculo.
El proceso automatizado funciona así: primero cargás todas las liquidaciones en el Libro de Sueldos Digital como describimos antes. SIRADIG toma esos datos y calcula automáticamente los aportes del empleado que se descuentan del sueldo (jubilación 11%, PAMI 3%, obra social 3%), más las contribuciones patronales que vos como empleador pagás sobre esas remuneraciones (jubilación, asignaciones familiares, Fondo Nacional de Empleo, obra social, ART). Suma todo y determina el total a pagar por el período.
Con estos cálculos ya hechos, SIRADIG precarga automáticamente el Formulario 931. Cuando ingresás a la pantalla de presentación del F931, encontrás todos los campos ya completados con los montos que surgieron del Libro de Sueldos. Solo tenés que revisar que todo esté correcto, verificar que no haya observaciones del sistema, y confirmar para presentar. Si el resultado da saldo a pagar, el sistema genera automáticamente el VEP (Volante Electrónico de Pago) con todos los datos y el código de barras o link de pago electrónico. Si hay saldo a favor (poco común pero puede pasar), simplemente presentás la declaración sin pago.
El vencimiento para presentar el F931 es el día 10 del mes siguiente al período liquidado. Si ese día cae en feriado o fin de semana, se prorroga al siguiente día hábil. Este vencimiento es absolutamente crítico porque el atraso genera intereses automáticos sobre los aportes adeudados, más multas por presentación tardía que pueden ser muy significativas. También puede acarrear problemas para tus empleados, cuya obra social podría desactivar la cobertura si detecta que los aportes no se presentaron en término.
Errores Comunes y Cómo Evitarlos
Dar de alta a un empleado varios días después de que comenzó a trabajar es uno de los errores más graves y frecuentes. Si contrataste a una persona el día 1 del mes pero recién le das el alta en SIRADIG el día 15, ese lapso de dos semanas constituye trabajo no registrado. ARCA puede detectarlo mediante cruces de información y aplicar multas automáticas por trabajo en negro, que son extremadamente altas. La sanción no solo incluye la multa económica sino que puede derivar en intimaciones, requerimientos, y en casos extremos, clausura preventiva del establecimiento. La única forma de evitar esto es dar de alta al empleado antes o el mismo día que inicia sus labores, nunca después.
Cargar una remuneración inferior al mínimo de convenio es otro error que el sistema detecta y rechaza. Si el convenio colectivo de tu actividad establece que para cierta categoría el sueldo mínimo es $200.000 y vos intentás cargar $150.000, SIRADIG te va a devolver un error impidiendo la carga. Pero el problema va más allá de lo técnico: pagar por debajo del convenio es ilegal y puede generar reclamos del empleado ante el Ministerio de Trabajo, demandas laborales, y sanciones administrativas. La solución es consultar siempre las escalas salariales del convenio aplicable a tu actividad, actualizarlas cada vez que hay paritarias, y validar los montos antes de intentar cargar cualquier dato en el sistema.
No actualizar cambios de domicilio del empleado cuando estos ocurren genera problemas operativos y legales. Si el empleado se mudó y no actualizás su dirección en SIRADIG, la obra social mantiene registrado un domicilio incorrecto y puede asignarle prestadores que no le quedan cerca de su nuevo domicilio real. Además, si en algún momento tenés que enviar notificaciones laborales formales (telegrama de despido, emplazamientos, citaciones), y lo hacés al domicilio viejo que figura en tus registros, esas notificaciones pueden ser consideradas inválidas legalmente. La solución es solicitar a todos los empleados que comuniquen por escrito cualquier cambio en sus datos personales, y actualizar esos cambios en SIRADIG dentro de los cinco días de haberlos recibido.
No cargar el Libro de Sueldos antes de presentar el F931 genera inconsistencias sistémicas que ARCA detecta automáticamente. Si presentás tu declaración jurada del F931 sin haber confirmado previamente el Libro de Sueldos del mismo período, los números no van a coincidir entre ambos sistemas. ARCA cruza esta información automáticamente y cuando detecta la inconsistencia, genera un rechazo del F931 o una intimación para que rectifiques. Esto puede acarrear multas por declaración inexacta y obligarte a presentar rectificativas que complican toda tu contabilidad. La solución es establecer un flujo de trabajo disciplinado: primero liquidás los sueldos del mes, después cargás y confirmás el Libro de Sueldos, y recién entonces presentás el F931 con los datos que ya validó el Libro.
No dar de baja a un empleado que renunció o fue despedido es un error que genera costos innecesarios. Si un empleado se fue de la empresa pero vos no cargás su baja en SIRADIG, seguís pagando los aportes de obra social y ART por esa persona mes a mes aunque ya no trabaje para vos. Además, el empleado no puede afiliarse formalmente a la obra social de su nuevo empleador porque el sistema muestra que todavía está afiliado a través tuyo. Esto genera reclamos del empleado, problemas con las obras sociales, y pagos de aportes que deberías estar haciendo. La solución es cargar la baja inmediatamente, el mismo día que se produce la desvinculación o a más tardar al día siguiente, coordinando este trámite con la preparación y entrega de la liquidación final.
Conclusión
SIRADIG es el sistema central para la gestión de empleados en Argentina, y dominarlo es fundamental para cualquier empleador. Dar de alta a los empleados antes o el mismo día de inicio de labores es la primera regla de oro que evita problemas graves con ARCA y el Ministerio de Trabajo. Mantener actualizados continuamente todos los datos de los empleados cuando cambian sus circunstancias personales o contractuales asegura coherencia entre la realidad y lo que declara el sistema.
La carga mensual obligatoria del Libro de Sueldos Digital antes de presentar el F931 es un proceso que no admite excusas ni demoras. Integrar SIRADIG con tu software de liquidación de sueldos cuando tenés volumen mediano o alto de empleados transforma un proceso manual lento y propenso a errores en algo automático y confiable. Considerar seriamente la delegación de estas tareas a un contador especializado en temas laborales si no tenés experiencia ni tiempo para manejar correctamente todas las complejidades del sistema.
El cumplimiento estricto de todas las normas y plazos en materia laboral no es opcional. Las multas por trabajo no registrado, por liquidaciones incorrectas, o por incumplimientos en las cargas de información son severas y pueden comprometer la viabilidad económica de un negocio pequeño. La gestión laboral correcta no solo protege al empleador de sanciones, sino que también protege los derechos del trabajador asegurando que sus aportes se realicen en tiempo y forma.
SIRADIG facilita enormemente el cumplimiento al centralizar todo en una plataforma única, pero requiere atención permanente y disciplina operativa. No es un sistema que podés cargar una vez y olvidarte. Es una herramienta de gestión continua que refleja la dinámica de tu nómina en tiempo real.
Última actualización: Enero 2025
Fuentes: ARCA | Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social | SRT
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